La Oficina de Violencia Doméstica participó de un conversatorio sobre noviazgos violentos
Nancy Mugica de la OVD y la jueza Magdalena Laíño expusieron sobre esta problemática en un conversatorio organizado por la Base General de Datos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
14 de mayo de 2025
La Base General de Datos de Niños, Niñas y Adolescentes (BGD) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación organizó un conversatorio sobre la intervención judicial en casos de noviazgos violentos. Disertaron sobre la temática Nancy Mugica, licenciada en trabajo social de la Oficina de Violencia Doméstica del máximo tribunal y Magdalena Laíño, jueza de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de Capital Federal. También estuvieron presentes Virginia Benincasa, quien actuó como moderadora, y Alejandro Schilman de la BGD.
Nancy Mugica abrió el encuentro, que siguieron por Zoom casi 300 personas, caracterizando la violencia en el noviazgo como cualquier conducta que cause daño físico, sexual, psicológico o económico en una relación romántica, incluyendo actos de control y dominación. Explicó que “la violencia puede manifestarse a través de celos, control, aislamiento, violencia física, psicológica, sexual, digital, humillación, baja autoestima y exposición ante grupos de pares”.
Identificó como factores de riesgo los antecedentes de maltrato infantil, el consumo de sustancias, la diferencia de edad entre los integrantes de la pareja y la vulnerabilidad social. Advirtió que la violencia en el noviazgo puede generar ansiedad, depresión, autoagresiones, ideación suicida, trastornos alimentarios y de sueño, infecciones de transmisión sexual, embarazos no deseados, abandono escolar y problemas de salud mental.
Mugica sostuvo que la violencia en el noviazgo es un problema social que no debe ser vista únicamente como un padecimiento individual, sino como una problemática estructural que requiere intervención interdisciplinaria. En este sentido, la prevención es fundamental ya que permite identificar factores de riesgo y trabajar en la educación para prevenir la violencia en relaciones tempranas.
En relación a la intervención de la Oficina de Violencia Doméstica, dijo que garantiza una atención integral, rápida y efectiva, que incluye la evaluación de riesgo, derivaciones y seguimiento de los casos.
A su turno la doctora Laíño se refirió a los casos de retractación en procesos penales, con especial enfoque desde la función jurisdiccional. Recordó que los operadores del derecho al momento de examinar la retractación deben partir del cuerpo iuris vigente, integrado por un conjunto de normas, tratados e instrumentos internacionales y decisiones, con especial atención a las personas en situación de vulnerabilidad. Asimismo, refirió que debe partirse de la premisa de que “la retractación no implica necesariamente una falsa denuncia, sino que puede estar influenciada por factores como miedo, presión emocional, dependencia económica o abandono institucional”.
En muchas ocasiones, advirtió, la retractación suele estar asociada a presiones externas, es por ello que es esencial poner el foco en los contextos y en el análisis en profundidad de las causas y factores que podrían haberla determinado.
Asimismo, se explayó sobre cómo podían influir en estos casos el “Síndrome de Indefensión Adquirida” y el “Síndrome de Acomodación al Abuso Infantil” y, en tal sentido, insistió en que la evaluación debe considerar la situación integral, respetando la autonomía de la libertad de la persona, pero indagando si la decisión fue adoptada con total libertad y sin condicionamientos.
En esta línea, destacó la importancia del fallo "Miño" de la Corte. Asimismo, subrayó la necesidad de contextualizar las retractaciones en casos de violencia de género y familiar. Expuso sobre distintos precedentes de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional (entre ellos “Serra” y “Almarza”), y de las Cámara de Casación tanto Nacional como Federal.
Finalmente, la jueza sostuvo la necesidad de garantizar medidas de protección desde un inicio, pero estableciendo plazos determinados. Además, hizo hincapié en que ante las denuncias –ya sea de víctimas mayores o menores-, todos los operadores deben actuar con debida diligencia reforzada, con celeridad y eficiencia a fin de evitar la revictimización en los procesos judiciales.
Ambas expositoras concluyeron que es esencial un enfoque interdisciplinario, sensible y contextualizado para abordar la violencia en el noviazgo y garantizar la protección de las víctimas.